
Proceso de Consulta Vecinal
¿Qué es el Proceso de Consulta Vecinal?
Es un mecanismo de diálogo entre ciudadanos y Promoventes, que es implementado por un Tercero Especializado supervisado por Sedema. El objetivo del diálogo es informar sobre el Proyecto y dar a conocer las medidas de prevención, mitigación y compensación a los vecinos y usuarios del Área de Influencia Social.

El Proceso de Consulta Vecinal (PCV), tal como se describe en el Aviso de la Gaceta 250 bis del 27 de diciembre de 2019, forma parte del Procedimiento para Grandes Construcciones.

Este proceso se caracteriza por ser ordenado y sistemático, y tiene como objetivo principal presentar un Proyecto y recopilar la opinión de las personas que residen o utilizan el Área de Influencia del mismo.

Durante este proceso, se evalúan los impactos que puede generar el Proyecto, en su fase de construcción u operación.

Además de identificar los impactos potenciales, el PCV busca, a través del diálogo colectivo, identificar la mejor manera de abordar y atender los impactos previstos.
Este Proceso lo implementa ZEa Consultoría Social, como Tercero especializado y será supervisado por la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental (DGEIRA) de la Secretaría del Medio Ambiente de la CDMX (SEDEMA).
¿Para qué existe?
El PCV es un ejercicio participativo que busca identificar impactos sociales que podrían ser generados por el Proyecto en sus diferentes etapas, así como determinar la manera en que el Promovente minimice, mitigue o compense los impactos negativos, y maximice los impactos positivos que pueda generar.
Desde la publicación del Aviso por el que se da a conocer el Proceso de Consulta Vecinal del 27 de diciembre de 2019, se obliga a las grandes construcciones que estén dentro de los supuestos enlistados en el Aviso (2024), a desarrollar el PCV como un componente de evaluación al que es sometido el Proyecto a la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental.
I. Comprendan cincuenta mil o más metros cuadrados de construcción total, o bien, sean ampliaciones cuyos metros cuadrados de construcción ya existentes, sumen cincuenta mil metros cuadrados o más de construcción total.
II. Contemplen la construcción de trescientas viviendas en adelante o bien, se soliciten ampliaciones cuyo número de
viviendas ya existentes sumen en conjunto trescientas viviendas o más.
Una vez concluidas las Fases del Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones, el interesado deberá presentar la Evaluación de Impacto Social ante la Secretaría, en un plazo máximo de 15 días hábiles, para que ésta proceda a su revisión y emisión de la resolución administrativa correspondiente, en la que podrá:
I. Validar el Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones, imponiendo las medidas de prevención, mitigación, compensación y ampliación de impactos socioambientales, que correspondan
II. Ordenar que se repita alguna Fase del Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones.
III. Invalidar el Proceso de Consulta Vecinal.
Por su parte, el Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial No. 1864 del 22 de mayo de 2026, reglamenta la Ley Ambiental de la Ciudad de México y establece las bases del Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones, además de facultar a la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental de la Sedema para emitir el resolutivo de dicho proceso o, en su caso, ordenar la repetición de alguna fase o incluso invalidar el Proceso de Consulta Vecinal cuando sea necesario.
¿En qué consiste el proceso?
Publicación
de aviso
Se informa a la comunidad la fecha de inicio del PCV en sitio web y Facebook
Difusión
de información e implementación de los instrumentos
de consulta
Sitio web
Módulos informativos y receptores de opinión
Entrevistas
Reuniones vecinales
Encuestas
Correo electrónico
Análisis y reporte de resultados
Sedema Supervisa todas las actividades del PCV.
Revisa y valida el reporte. La Evaluación de Impacto Social y los resultados del PCV, se integrarán junto con la Evaluación de Impacto Ambiental.
Después de un diálogo entre comunidad y Promovente, se tomarán compromisos para implementar medidas de atención a los impactos.
Ajustes por parte del Promovente
El PCV NO es una votación. Se trata de identificar los impactos generados por el Proyecto y analizar la pertinencia de las medidas que propone el Promovente para prevenir, mitigar, compensar o ampliar los impactos identificados.

¿Quienes participan?

El Promovente
Facilita información al Tercero Especializado y participa exclusivamente en la Construcción de Acuerdos una vez que fueron implementados todos los Instrumentos de Consulta.

Vecinos y usuarios
Del área de influencia donde se desarrollará el Proyecto.

El Tercero Especializado encargado de realizar el Proceso de Consulta Vecinal y la Evaluación de Impacto Social del Proyecto de forma imparcial, transparente y responsable, bajo la supervisión de la SEDEMA.

SEDEMA
Supervisa y valida el Proceso de Consulta Vecinal.